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Nuevo BOA y modulaciones para el sector de la hostelería y el turismo de Aragón- 22 de julio de 2021

Nuevo BOA y modulaciones para el sector de la hostelería y el turismo de Aragón- 22 de julio de 2021

Nuevo BOA y modulaciones para el sector de la hostelería y el turismo de Aragón- 22 de julio de 2021

Acaba de salir publicado un nuevo Boletín Oficial de Aragón (ver pinchando aquí) por la que se regulan nuevas medidas para este sector de la hostelería y turismo. Las principales novedades que recoge, son las siguientes:

HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN

Horario de funcionamiento: no podrá exceder de las 00:30 horas, no admitiéndose nuevos clientes a partir de las 00:00 horas.

Porcentaje de aforo máximo: 50 por ciento en interior del local y el 100 por cien en terraza.

Cada mesa podrá ser ocupada por un máximo de seis personas en el interior y diez personas en terraza.

Queda prohibido fumar en terrazas.

CELEBRACIONES Y BANQUETES (**)

Las celebraciones nupciales, comuniones, bautizos, confirmaciones y otras celebraciones sociales, familiares, religiosas o civiles, que puedan tener lugar tras la correspondiente ceremonia en establecimientos de hostelería y restauración respetarán las medidas generales de seguridad interpersonal, y, en todo caso, la separación de 1,5 metros, no superando las 90 personas.

Cabrá elevar el número total de asistentes a 150 personas cuando el titular del establecimiento, de acuerdo con el promotor, pueda acreditar:

  • Que la totalidad de asistentes han recibido la pauta completa de vacunación COVID-19, habiendo transcurrido, por lo menos, 14 días desde la última dosis de ella.
  • Que se han recuperado de la infección por SARS-CoV-2 diagnosticada y se encuentran en el periodo comprendido entre el día 11 y el 180, ambos inclusive, después de prueba diagnóstica positiva-
  • Que disponen de una prueba diagnóstica de infección activa negativa realizada por profesionales sanitarios en centros o establecimientos autorizados (en las últimas 72 horas en caso de PCR o 48 h. en caso de test rápido de antígenos).

A efectos de lo establecido en este punto, la exhibición de la información requerida solo podrá ser solicitada en el momento de acceso a la celebración. No se conservarán estos datos ni se crearán ficheros con ellos.

El titular del establecimiento, antes de la celebración del evento, deberá recabar información para contacto de las personas que vayan a asistir a la celebración, y conservará los listados durante cuatro semanas con posterioridad al evento. Asimismo, deberá facilitar estos listados a las autoridades de salud pública cuando se requieran con la finalidad de realizar la trazabilidad de contactos.

No estará permitida la utilización de pistas de baile o espacio habilitado para su uso y el consumo será siempre sentados en mesa.

LOCALES DE OCIO NOCTURNO

Podrán desarrollar su actividad, sin superar el 50 por ciento en el interior del local y el 100 por cien en las terrazas al aire libre.

El horario de funcionamiento no puede superar las 00:30 horas, no admitiéndose nuevos clientes a partir de las 00:00 hora, siempre que lo permita la correspondiente licencia municipal.

Cada mesa podrá ser ocupada por un máximo de seis personas en el interior y diez personas en terraza (siempre que la autorización municipal lo permita o no especifique dichas limitaciones).

No se permite fumar en terraza.

No estará permitida la utilización de pistas de baile o espacio habilitado para su uso.

 

La presente Orden entrará en vigor a las 00:00 horas del día 23 de julio de 2021. Esto repercute por lo tanto en el horario del servicio de hostelería y restauración que en el día de hoy, todavía se vería limitado hasta las 23 horas.

(**) Lo referente a las celebraciones y banquetes entrará en vigor a las 00:00 horas del día 29 de julio de 2021. Esto repercute por lo tanto en la celebración de los eventos para estos próximos días (fin de semana), pudiéndose dar celebraciones de banquetes y eventos de hasta 120 pax para estos próximos días.

NOTA FINAL: Se han anunciado posibles toques de queda para poblaciones de nuestra provincia que no vienen moduladas en este Boletín Oficial de Aragón. Entendemos que de ser así, se realizará una nueva información pública.

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